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AFH 1.2 Papel de la FAA

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La Administración Federal de Aviación (FAA) está facultada por el Congreso de los EE. UU. para promover la seguridad de la aviación prescribiendo estándares de seguridad para la aviación civil. Se establecen normas para la certificación de aviadores y aeronaves, así como delinear las normas de funcionamiento. Esto se logra a través del Código de Regulaciones Federales (CFR), anteriormente conocido como Reglamento Federal de Aviación (FAR). El Título 14 del CFR (14 CFR) se titula Aeronáutica y Espacio con el Capítulo 1 dedicado a la FAA. Los subcapítulos se desglosan por categoría con partes numeradas que detallan información específica. [Figura 1-3] Para facilitar la referencia y, dado que las partes son numéricas, se utiliza el patrón abreviado 14 CFR Parte ___ (por ejemplo, 14 CFR Parte 91).

Esta guía no es jurídicamente vinculante por derecho propio y no se basará en ella por la FAA como una base separada para una acción de ejecución afirmativa u otra sanción administrativa. La conformidad con la guía es solo voluntaria y la no conformidad no afectará los derechos y obligaciones bajo los estatutos y reglamentos existentes.

Si bien los diversos subcapítulos y partes de 14 CFR brindan orientación general a específica con respecto a las operaciones de aviación dentro de los EE. UU., el tema de la certificación de aeronaves y la aeronavegabilidad se extiende a través de varias partes interconectadas de 14 CFR.

Figure 1-3. Title 14 CFR, Chapter 1, Aeronautics and Space and subchapters.
Figura 1-3. Título 14 CFR, Capítulo 1, Aeronáutica y Espacio y Subcapítulos.
  • 14 CFR La parte 21 prescribe los requisitos de procedimiento para la emisión de certificados de aeronavegabilidad y aprobaciones de aeronavegabilidad para piezas de aeronaves y aeronaves. Se requiere que se muestre en la aeronave un certificado estándar de aeronavegabilidad, FAA Form 8100-2 [Figura 1-4], de acuerdo con 14 CFR Parte 91, Sección 91.203(b). Se emite para tipos de aeronaves certificados en la categoría Normal, Utilitario, Acrobático, Viajero o Transporte, y para globos libres tripulados. Un certificado de aeronavegabilidad estándar sigue siendo válido siempre que la aeronave cumpla con su diseño de tipo aprobado, se encuentre en condiciones de operación y mantenimiento seguro, y el mantenimiento preventivo y las alteraciones se realicen de acuerdo con 14 partes CFR 21, 43 y 91.
  • 14 CFR La Parte 39 es la autoridad de la FAA para emitir directivas de aeronavegabilidad (ADS) cuando existe una condición insegura en un producto, avión o parte, y es probable que la condición exista o desarrolle en otros productos del mismo tipo de diseño.
  • 14 CFR La Parte 43 prescribe las reglas que rigen el mantenimiento, el mantenimiento preventivo, la reconstrucción y la alteración de cualquier aeronave que tenga un certificado de aeronavegabilidad de EE. UU. También se aplica a la estructura de avión, motores de aeronaves, hélices, electrodomésticos y componentes de dicha aeronave.
  • 14 CFR La Parte 45 identifica los requisitos para la identificación de aeronaves, motores, hélices, ciertas piezas de reemplazo y modificación, y el marcado de nacionalidad y registro requerido en aeronaves registradas en EE. UU.
  • 14 CFR La Parte 91 describe las certificaciones de aeronaves y los requisitos de equipo para la operación de aeronaves en

Espacio aéreo estadounidense. También prescribe reglas que rigen el mantenimiento, el mantenimiento preventivo y las alteraciones. También se encuentra en 14 CFR la parte 91 el requisito de mantener registros de mantenimiento, mantenimiento preventivo y alteraciones, así como registros de las inspecciones requeridas o aprobadas de 100 horas, anuales, progresivas y otras.

Figure 1-4. FAA Form 8100-2, Standard Airworthiness Certificate.
Figura 1-4. Formulario 8100-2 de la FAA, certificado de aeronavegabilidad estándar.

Mientras que 14 CFR Parte 91, Sección 91.205, describe el equipo mínimo necesario para el vuelo, el Manual de Operación del Avión de Vuelo/Manual de Operación de Piloto (AFM/POH) enumera el equipo necesario para que el avión sea apto para el aire. La lista de equipos que se encuentra en el AFM/POH se desarrolla durante el proceso de certificación de aviones. Esta lista identifica los elementos que se requieren para la aeronavegabilidad, el equipo opcional instalado además del equipo requerido y cualquier artículo o electrodomésticos suplementarios.

La Figura 1-5 muestra un ejemplo de algunos de los equipos requeridos, estándar o suplementarios (no requeridos pero comúnmente encontrados en la aeronave) y equipos opcionales para una aeronave. La lista de equipos, emitida originalmente por el fabricante, se mantiene mediante la Hoja de Datos de Certificados de Tipo (TCDS). Una aeronave y sus componentes y piezas instalados deben cumplir con el certificado de tipo original o las condiciones alteradas aprobadas para cumplir con la definición de aeronavegación de acuerdo con 14 CFR Parte 3.5.

Los requisitos de certificación para pilotos, requisitos de certificados médicos y reglas de operación se encuentran en las siguientes partes:

  • 14 CFR La Parte 61 se refiere a la certificación de pilotos, instructores de vuelo e instructores de tierra. Prescribe los requisitos de elegibilidad, conocimiento aeronáutico, capacitación en competencia de vuelo y requisitos de prueba para cada tipo de certificado de piloto emitido.
  • 14 CFR La Parte 67 prescribe los estándares médicos y los procedimientos de certificación para emitir certificados médicos para aviadores y para permanecer elegible para un certificado médico.
  • 14 CFR La parte 68 contiene requisitos para operar ciertas aeronaves pequeñas sin certificado médico.
  • 14 CFR La parte 91 contiene reglas generales de operación y vuelo. La sección tiene un alcance amplio y proporciona orientación general en las áreas de reglas generales de vuelo, reglas de vuelo visual (VFR), reglas de vuelo de instrumentos (IFR) y, como se discutió anteriormente, mantenimiento y alteraciones de mantenimiento preventivo.
Figure 1-5. Example of some of the required standard or supplemental and optional equipment for an aircraft.
Figura 1-5. Ejemplo de algunos de los equipos estándar o suplementarios y opcionales requeridos para una aeronave.

Servicio de normas de vuelo #

El Servicio de Normas de Vuelo de la FAA (FS) establece estándares de aviación para aviadores y aeronaves en los Estados Unidos y para aviadores y aeronaves estadounidenses en todo el mundo. Los estándares de vuelo se organizan en cuatro oficinas funcionales: Oficina de Normas de Seguridad, Garantía de Seguridad de la Aeronave, Garantía General de Seguridad de Aviación y Negocio Fundacional.

La interfaz principal entre FS y la comunidad de aviación general/público general es la Oficina del Distrito de Normas de Vuelo Local (FSDO). Los FSDO son responsables de la certificación y vigilancia de ciertos transportistas aéreos, operadores aéreos, escuelas de vuelo/centros de formación, aviadores (pilotos, instructores de vuelo, mecánicos y otros titulares de certificados). Los inspectores de FSDO también manejan la investigación de accidentes de aviación general a solicitud de la Junta Nacional de Seguridad del Transporte o en cooperación con ella.

Cada FSDO cuenta con inspectores de seguridad de aviación (ASIS) cuyas especialidades incluyen operaciones, mantenimiento y aviónica. General Aviation Asis son aviadores altamente calificados y experimentados. Una vez aceptado para el puesto, un inspector completará satisfactoriamente el entrenamiento de adoctrinamiento realizado en la Academia de la FAA. El curso de formación de adoctrinamiento para un Inspector General de Operaciones de Aviación, que está orientado a las tareas a realizar por un ASI en el entorno de aviación general, incluye capacitación en aula y vuelo en actividades de certificación piloto. A partir de entonces, el Inspector completará la capacitación recurrente de forma regular. Entre otras funciones, el ASI es responsable de administrar las pruebas prácticas de la FAA para los certificados de piloto y de vuelo de instructor y clasificaciones asociadas. Las preguntas sobre la certificación piloto y/o las solicitudes de otra información o servicios de aviación deben dirigirse a la FSDO. Para ubicaciones y números de teléfono específicos de FSDO, consulte www.faa.gov.

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